Decreto mediante el cual se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes de Baja California Sur para afrontar la contingencia sanitaria originada por el COVID-19 y se decretan días inhábiles para las Autoridades Fiscales del Estado
Periódico Oficial del Estado de Baja California Sur
23 de marzo 2020

Decreto mediante el cual se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes de Baja California Sur para afrontar la contingencia sanitaria originada por el COVID-19 y se decretan días inhábiles para las Autoridades Fiscales del Estado
Artículo Primero. Se otorgan a los contribuyentes que tienen obligación de pagar las contribuciones estatales del impuesto Sobre Nómina y la tarjeta de circulación (revista vehicular), los siguientes beneficios fiscales…
Articulo Segundo. En caso de que los contribuyentes omitan presentar su declaración dentro de los plazos otorgados en el artículo primero, se consideraran revocados los beneficios que otorga l presente decreto, caso en el cual las autoridades fiscales exigirá el pago de la totalidad de los impuestos y derechos causados, con la actualización y los recargos que correspondan de conformidad con el código fiscal del Estado y municipios del Estado de baja California Sur.