ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2020, DE DIECINUEVE DE MARZO DE DOS MIL VEINTE, DEL CONSEJO DEL PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS POR EL QUE SE SUSPENDE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS, EN EL PERIODO DEL 17 DE ABRIL AL 10 DE MAYO DEL AÑO 2020
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes
23 de marzo 2020

PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS
“ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2020, DE DIECINUEVE DE MARZO DE DOS MIL VEINTE, DEL CONSEJO DEL PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS POR EL QUE SE SUSPENDE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS, EN EL PERIODO DEL 17 DE ABRIL AL 10 DE MAYO DEL AÑO 2020”
Con fundamento en lo establecido por los artículos 2 fracción I, 5, 8, 10, 13, 15 fracción I, 41 fracción I, 42 fracciones I, XII y XVI de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; artículos 1, 3, 9, 10 fracciones VII y XV de la Ley del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos; así como de los artículos 1, 7 fracción I, 9, 10 fracciones VII y XVII, 11, 12, 15 y 18 fracción XXIII del Reglamento Interior del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos, y en relación a los acuerdos tomados en Sesión Extraordinaria del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos, del día diecinueve de marzo del año dos mil veinte, por UNANIMIDAD, SE DETERMINÓ: “LA SUSPENSIÓN DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS, EN EL PERIODO DEL 17 DE ABRIL AL 10 DE MAYO DEL AÑO 2020”, con base al siguiente:
CONSIDERANDO
Que, en virtud de la Pandemia decretada por la Organización Mundial de la Salud, en relación al COVID-19, los miembros del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos en aras de salvaguardar la salud e integridad de toda la población, emitieron el siguiente:
ACUERDO GENERAL
PRIMERO.- Se decreta la suspensión de la Feria Nacional de San Marcos, en su edición ciento noventa y dos, comprendida del día diecisiete de abril al diez de mayo de dos mil veinte.
SEGUNDO.- Debido a la contingencia sanitaria, los compromisos asumidos contractualmente con terceros, se ajustarán en razón a las condiciones y periodos, con base en las determinaciones o lineamientos decretados por las autoridades sanitarias Federales, Estatales y Municipales.
TERCERO.- En referencia a las actividades propias del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos regidas y determinadas por la normatividad aplicable, éstas continuarán de manera regular; sin embargo, las mismas podrán actualizarse, modificarse o suspenderse en razón a las determinaciones de las autoridades sanitarias Federales, Estatales y Municipales.
CUARTO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos a que haya lugar. Dado por el Presidente Honorífico del Patronato de la Feria Nacional de San Marcos, en la Ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil veinte.
ATENTAMENTE
HUMBERTO JAVIER MONTERO DE ALBA
PRESIDENTE HONORÍFICO DEL PATRONATO DE LA FERIA NACIONAL DE SAN MARCOS